Según lo dispuesto en el artículo 132-80 del Código Penal Francés, se considera autor de violencia de género el cónyuge o la pareja de la víctima o la pareja vinculada a la víctima por un pacto civil de solidaridad, incluso cuando no conviven juntos.
Sin embargo, es importante precisar que los actos de violencia de género por el ex cónyuge, la ex pareja de hecho o la ex pareja vinculada a la víctima por un pacto civil de solidaridad también pueden constituir violencia de género por haber existido relaciones entre el autor y la víctima.
¿Qué hacer ante la violencia género?
Es imprescindible presentar una denuncia y acudir lo antes posible a un médico forense que redactará un parte médico para establecer tanto el estado físico como psicológico de la víctima de violencia de género.
Nuestro bufete de Abogados penalistas en Marsella interviene habitualmente en la defensa de los españoles y de los hispanohablantes en Marsella, Aix-en-Provence así como en el resto del territorio de Francia.
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