Los tribunales franceses rechazan la ejecución de una orden de detención europea cuando:
- El delito tiene un carácter político o la extradición tiene un fin político.
- El delito se cometió en territorio francés.
- El delito cometido está castigado con una sanción contraria al orden público francés (pena de muerte, tortura).
- El individuo objeto de la ejecución de una orden de detención europea es de nacionalidad francesa.
- La persona reclamada corre el riesgo de ser juzgada sin las garantías fundamentales de procedimiento y de protección de los derechos de la defensa.
- El delito que originó la ejecución de la orden no está castigado con una pena de prisión de una duración superior o igual a un año o si se ha dictado una condena.
- Si se ha impuesto una pena, una medida de seguridad debe haberse establecido por una duración superior o igual a cuatro meses.
- La persona buscada ya ha sido juzgada por el mismo delito.
- La persona es menor de edad.
Una amnistía en el país de ejecución impide la entrega de la persona.