¿Qué es el contrabando ?

Delito aduanero por excelencia, se refiere a la forma en que se transportan las mercancías. El artículo 417, párrafo 1, del Código Aduanero francés define el contrabando como: "las importaciones o exportaciones fuera de las oficinas, así como cualquier violación de las disposiciones legales o reglamentarias relativas a la detención o al transporte de mercancías dentro del territorio aduanero".


De manera muy peculiar, ele derecho frances aplica una presunción de contrabando al descubrimiento de mercancías controvertidas no declaradas.

Las penas del contrabando y las asimiladas al mismo constituyen delitos diferentes según la naturaleza de las mercancías de que se trate.


En algunos casos, el contrabando se castiga con un delito de tercera clase que conlleva la confiscación de los bienes en disputa y una multa de 150 a 1.500 euros.

En otros casos (por ejemplo, estupefacientes), constituye un delito aduanero de primera clase , que también se castiga con una pena de prisión de hasta diez años en caso de reincidencia y una multa muy elevada de hasta diez veces el valor de las mercancías tasado por la aduana.


Nuestro bufete de abogados bilingües en Marsella interviene con frecuencia en casos de derecho aduanero penal en defensa de particulares o empresas españolas que se enfrentan a procedimiento aduaneros, tanto en los juzgados o Cortes de Marsella y Aix-en-Provence como en el resto de los juzgados del territorio de Francia.

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